Asegúrese sobre cómo y cuando pedirla.
Suavizar las relaciones en casos de crisis matrimonial es fundamental. Ningún padre/madre puede aspirar a una custodia compartida si sus relaciones no son cordiales, si los problemas comunes que afectan a los hijos no son, precisamente, compartidos. La ruptura conyugal no debe conllevar la ruptura familiar. Por nuestra experiencia, una de las cosas que más valoran los hijos que se ven inmersos en el divorcio de los padres es el respeto a la vida personal del otro.
Es repetido lo de “no trates a tu hijo como a una maleta” pero entre esa metáfora y lo que debe ser la situación ideal para fomentar la custodia compartida va un mundo que, en realidad, todos suponemos porque se trata de analizar qué es lo más conveniente. Los hijos necesitan aún más estabilidad que antes. Los jueces van a analizar cada caso, el modelo de familia que tenían los hijos y la capacidad de cada progenitor. Por eso no podemos aspirar a una custodia compartida si los padres están distanciados: en intereses y, por supuesto, geográficamente.
La custodia compartida no es el método para dejar de pagar alimentos. Es un compromiso de dedicación a los hijos en situación de igualdad.
Es fundamental conocer la viabilidad de su derecho. La jurisprudencia, los tribunales, nos van dando día a día ejemplos de casos que nos resultan ejemplares para no someter a los hijos a juicios innecesarios. Luchemos porque la custodia compartida sea la regla general. Y la mejor forma de hacerlo es pedirla cuando los hijos salgan beneficiados con ella.
En GÓMEZ-CAMINERO le informamos de cuáles son las circunstancias que le permitirían obtener la custodia compartida y cuáles, de no ser posible, aconsejarían una modificación de medidas más beneficiosa y acorde con la realidad. Pídanos asesoramiento, pero sólo si quiere mejorar la calidad de vida de sus hijos.