Vicios y errores en la indemnización a víctimas de accidentes de tráfico

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Estamos constatando que tanto las aseguradoras como las víctimas en accidentes de tráfico tienen prejuicios establecidos a la hora de buscar la solución al conflicto que plantea la indemnización que debe pagarse/cobrarse según la ley 35/2015. Nos gustaría que se actuara con absoluta objetividad y sin pensar que el otro intenta engañarnos ocultando cartas. Hagamos un decálogo:

  1. Ni todas las compañías pretenden engañar ni todas las víctimas son cuentistas profesionales. Si somos generosos, deberíamos decir que ninguna aseguradora y ninguna víctima. Comencemos bien la relación aunque tengamos intereses contrapuestos.
  2. Si hay un accidente de tráfico con un lesionado, no empecemos dudando de su veracidad. Una cosa es que los daños sean leves y otra que no se puedan producir daños personales.
  3. La compañía de seguros le está pagando el médico y pone a su disposición una clínica. Está procurando su sanidad. Reconozca que aunque también sea interés de ella que cure cuanto antes, desde luego se preocupa por Vd.
  4. Es Vd. víctima, pero eso no le convierte en un protegido que le permita recuperar lo que no tuvo. Le darán su coche reparado o lo que valía para que tenga otro igual, pero no puede reclamar más de lo que tenía ni obtener lo que Vd. mismo no se compraría en caso de ser culpable. Y entienda que pueda dudarse de que todos los lesionados lleven relojes de marca, Iphone 7 y cordones de oro que desaparecen en el siniestro. Permita que se investigue porque Vd. lo haría si tuviera que pagar.
  5. Entendamos que los abogados de las compañías de seguros defienden a éstas y que las víctimas tienen derecho a disponer de otro profesional si hay conflicto de intereses. Asumamos que elegir a uno diferente del que nos pone la aseguradora es tan lícito como razonable. Igual que cuando la compañía de seguros desconfía manda peritos y médicos, las víctimas eligen otro abogado, y hasta otro médico. No pasa nada. Están en bandos diferentes y ambos tienen que salvaguardar sus intereses con todas las garantías y medios que les proporcione la ley.
  6. Cuando se tenga el alta médica se podrán valorar económicamente las consecuencias del siniestro. ¿Por qué mientras tanto no nos dedicamos a que cure cuanto antes? Es un aviso a los médicos, a los abogados, a los tramitadores, y, en definitiva a quienes creen que estas situaciones sólo pueden valorarse por módulos. La medicina no es matemática.
  7. Todos los médicos que intervengan durante el tratamiento de una víctima de accidente de circulación serán eso: médicos. Intervendrán si quieren como peritos, pero siguen siendo aquellos profesionales cuya sanación ponemos en sus manos. El juramento hipocrático está por encima de baremos, módulos, informes biomecánicos, estadísticas y estudios científicos. El mismo juramento que le impide decir que si a todo lo que le dice y le pide el paciente y la aseguradora.
  8. No es mejor abogado quien promete más indemnización. Aunque la ley es muy interpretable, no es tan complicado llegar a un acuerdo y la víctima agradece la pronta solución. Además, que haya seguro de defensa no quiere decir que de cualquier manera tenga que haber juicio con cargo a la aseguradora.
  9. Aunque la compañía de seguros gratifique y agradezca a los tramitadores que mayores rebajas obtengan, éstos saben perfectamente cuando es imposible rebajar más y cuándo lo que están pidiendo es razonable. Por eso no necesitan dilatar una indemnización que merece la víctima sin esperar tres meses sólo porque la ley se lo permita o porque cuanto más tiempo pase es más fácil que acepte menos dinero.
  10. Seamos autocríticos. Seguro que entendemos todo menos lo que nos afecta, que las críticas son ciertas si se refieren a otros profesiones pero nos molestan de la nuestra. Comprendamos la situación de cada uno. Respetemos las diferencias de criterio y pensemos qué haríamos en su lugar. De cada uno depende asumirlo.
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