Te vamos a explicar cuando y cómo paga el seguro en los accidentes con alcoholemia. Pero antes necesitas conocer qué ocurre si tienes un siniestro y conducías borracho. Hay mucho que saber si estás en esa situación. Estos son los trámites que se van a dar:
- Te harán un test para saber si conduces bebido. No solo si provocaste un accidente. También te puede pasar en un control rutinrio. Si te niegas, te sancionarán. Y los agentes valorarán si tienes síntomas. O sea, que puedes enfrentarte a dos infracciones. Y si pides una prueba de extracción en sangre, tal vez sea peor: ganarás tiempo, pero no conseguirás bajar el límite de alcoholemia. Y la Guardia Civil te hará una valoración de tu estado.
- Te enfrentarás a un juicio. Declararás en el juzgado. Si admites que ibas bebido te reducirán un tercio la condena. Esa conformidad supone que si solo te pillaron en un control, la retirada puede ser de ocho meses. Si hubo accidente, lo normal es que no baje de un año
- En ese juicio se valorará la responsabilidad civil y la penal. Ésta debes asumirla tú exclusivamente. La civil representa lo que hay que pagar a los perjudicados.
Para esa conformidad necesitas que los perjudicados y el Fiscal no se opongan. Esto sucede si la compañía de seguros paga la responsabilidad civil.
¿Y esto ocurre también aunque hubiera bebido?
Si, pero hemos de aclarar dos momentos:
- el seguro paga a las víctimas. A todos los perjudicados que hayan tenido lesiones, daños, perjuicios, gastos, etc. Todos son indemnizados menos el conductor culpable. Incluso los ocupantes del vehículo asegurado causante del siniestro. Aunque el conductor diera positivo en alcoholemia. Hay veces que paga el seguro en los accidentes de tráfico con alcoholemia. Si la póliza está en vigor, su obligación primera es pagar a las víctimas.
- el seguro puede reclamar al asegurado o conductor todo lo que ha pagado. Eso ocurre cuando hay alcoholemia, porque así consta en la póliza. Pero no siempre, y de eso trata este artículo.
Entonces ¿cuándo paga el seguro en accidentes con alcoholemia?
Debe saber que cada contratante debe conocer las cláusulas del contrato. Si no, es imposible conocer lo que se puede hacer y lo que no. Y si no tiene firmada la póliza, es que no conoce su contenido. No se puede afirmar que el asegurado sabe lo que está cubierto y lo que no. Lo que está prohibido para no hacerlo. Por eso, si no existe firma, no afecta la alcoholemia.
Lee este artículo para entenderlo mejor. Una cláusula que no está firmada no existe en el contrato, no se conoce. Cada contratante debe saber lo que firma. Si no firma…
¿Y si firmé digitalmente a través del móvil? Puede ser igual firmar de manera presencial o electrónicamente. Es fácil de entender. Si me descargo el seguro con una clave y lo acepto al momento ¿me dio tiempo a leer todo el contrato? No. Solo se prueba que lo recibí, pero no que me dio tiempo a saber lo que firmaba. Los tribunales consideran que firmar no es lo mismo que aceptar, leer, entender.
Por eso es imprescindible que te enteres de esto. Léelo
Cláusulas limitativas: no se tienen en cuenta si no están firmadas, aunque haya alcoholemia
Es interesante saber de qué hablamos. Y para eso nada mejor que leer este artículo sobre la muerte del conductor culpable. Porque la exclusión por superar el limite de alcoholemia es precisamente limitativa. Eso explica que los familiares del fallecido cobren indemnización. Aunque el accidente ocurriese por conducir superando el límite de alcoholemia.
Conclusión; paga el seguro en casos de accidentes con alcoholemia sin la póliza firmada
Es incuestionable que, en estos casos, los tribunales no tienen duda. Las aseguradoras no puede reclamar al asegurado lo que paga a los perjudicados.

Accidentes con alcoholemia
¿Y si aún así el seguro te reclama por conducir superando los limites de alcoholemia?
Ponte en manos de un abogado especialista en asuntos de accidentes con alcoholemia
Y no te preocupes de lo que te dicen:
-
- No importa que la prueba de alcoholemia haya dado positivo.
- Tampoco que haya juicio y te condenen por ir bebido.
- Ni que te hayan retirado el carné de conducir.
- Solo importa que el seguro, la póliza, no esté firmada.
Podemos ayudarte: Contacta con nuestro despacho
Podemos afirmar que el seguro paga aunque el conductor sea condenado por alcoholemia si la póliza no está firmada
Nuestras reclamaciones son exitosas
Porque sabemos la línea jurisprudencial en casos de alcoholemia. Conocemos los motivos por los que el seguro paga. Los tribunales obligan a las aseguradoras a asumir el siniestro en determinadas situaciones.
No reclamamos si el seguro concertado no tienen cabida en el criterio del Tribunal Supremo. Y eso nos permite:
-
- Que el asegurado no pague absolutamente nada.
- Reclamar los daños del propio vehículo por el «seguro a todo riesgo».
- Evitar sanciones penales adicionales por errores administrativos.
FAQ sobre reclamar aseguradora accidente con alcoholemia
¿Puede el seguro reclamarme aunque haya sido un accidente leve?
Sí, si se demuestra que superabas el límite de alcoholemia. Pero esa debe ser la causa directa del siniestro. Y, sobre todo, tener aceptadas las condiciones particulares del seguro.
¿Qué plazo tiene la aseguradora para reclamar lo que ha pagado?
Un año desde que paga o desde que se pudo reclamar judicialmente.
¿Un abogado puede impedir la reclamación?
No, pero puede hablar por tí, asesorarte y negociar. Si llega el caso, oponerse judicialmente o reclamar en tu nombre.
🔗 Recursos útiles
¿Has recibido una reclamación de la aseguradora tras un accidente con alcohol? Contáctanos y te ayudaremos a defender tus derechos.
Abogados desde 1980



