Indemnización por muerte del conductor culpable
Vamos a tratar aquellos accidentes fatales en los que fallece el conductor que es culpable. Aquellos en lo que cabe la indemnización por muerte del conductor culpable. Incluso aunque fueran ebrios o drogados. Siniestros que no impiden la indemnización a los familiares. ¿No nos cree? Lea este artículo
Ante todo, nuestra mejor recomendación: si bebe, no conduzca. Y queremos concienciarles del riesgo de hacerlo tras haber bebido alcohol. lo dice la DGT : es un factor de riesgo muy elevado. Aún así hemos de dar respuesta a los accidentes con muerte del conductor culpable. Y además, que la causa sea la alcoholemia o los efectos de la droga. Si es familiar del fallecido, puede cobrar indemnización.
Siniestros que no impiden la Indemnización por muerte del conductor culpable
Hagamos una escalera de cuatro preguntas. Si todas tienen respuesta afirmativa, llámenos.
1º) El seguro de automóviles tiene cobertura de accidentes del conductor.
2º) Quien conducía fallece o resulta con invalidez permanente.
3º) La compañía le dice que no hay cobertura porque iba bebido.
4º) La póliza no está firmada.
¿En qué casos se puede reclamar?
Si necesita más información, preste atención a estos supuestos. Les remitimos a cuatro casos en los que el asegurado puede reclamar la indemnización. Lea cada uno de estos artículos que ampara su derecho:
-siniestros con alcoholemia: debe estar firmada la póliza: el seguro paga si no firmó expresamente las cláusulas limitativas
-siniestros con muerte del conductor que es culpable del accidente: debe indemnizarse a los familiares. El seguro cubre los accidentes del conductor con resultado de muerte o invalidez permanente. Por eso la cobertura de accidentes del conductor obliga a la compañía aunque sea culpa del fallecido
-siniestros con muerte del conductor no responsable: debe cobrar de ambas compañías. Lógico: por la responsabilidad civil de la aseguradora culpable y la de accidentes del conductor del vehículo asegurado.
-siniestros por los daños del coche con seguro a todo riesgo: tambien debe pagar la aseguradora aunque haya alcoholemia si no están aceptadas y firmadas las cláusulas limitativas.
Solo se excluyen los accidentes producidos dolosamente, por mala fé, queriendo. Si no es así, cabe la Indemnización por muerte del conductor culpable
¿Lo entiende ahora? Por eso en GOMEZ-CAMINERO reclamamos la suma asignada
para la cobertura de accidentes del conductor. Íntegramente.
Nuestra experiencia nos permite asesorarle sobre los derechos que tiene. Envíenos su problema y la póliza de seguros. Nuestra experiencia es la garantía de un asesoramiento veraz y seguro.
GOMEZ-CAMINERO. Especialistas en derecho del seguro. Desde 1980.
Juan Carlos I nº 6, 1º C. 924 240 251 y 602 253 827. BADAJOZ