En estos casos ¿paga el seguro del automóvil o el de la empresa? Depende de si se considera «hecho de la circulación». En principio parece que los accidentes con tractores quedan excluidos en la legislación española:
«.En el ámbito de los procesos logísticos de distribución de vehículos se consideran tareas industriales las de carga, descarga, almacenaje y demás operaciones necesarias de manipulación de los vehículos que tengan la consideración de mercancía, salvo el transporte que se efectúe por las vías a que se refiere el apartado 1.”
Pero ¿qué piensa el Tribunal Europeo? ¿Cómo resuelve los accidentes con tractores y qué seguroo indemniza? Veamos algunas resoluciones relevantes que dan respuesta a esta cuestión:
A) Sentencia del Tribunal Europeo de 4 de Septiembre de 2014 sobre accidentes con tractores
Resuelve un accidente provocado por la maniobra de un tractor marcha atrás. Estaba colocando pacas de heno en una era y golpeó una escalera. A consuencia del impacto, un operario cayó al suelo. Pueden leer aquí esta sentencia que, en esencia, dice:
«la actividad agraria de un tractor, como función habitual del mismo, también está dentro del concepto de “circulación de vehículos” pues su labor no consiste solo en circular por una vía pública o privada» (STJUE 4/IX/2014).
En Gómez-Caminero ya hemos tratado este tema, señalando entre otras la Sentencia nº 122/2015 dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Olivenza, en el Procedimiento Ordinario nº 737/2014, que pueden leer aquí.
B) Sentencia del Tribunal Europeo de 28 de Noviembre de 2017 sobre accidentes con tractor
Esta sentencia diferencia las dos posibilidades de uso de los vehículos industriales. Puede ocurrir el siniestro siendo una maquinaria de trabajo o un medio de transporte del tractorista. Distingue si el tractor esté inmovilizado con o sin el motor en marcha. Se causó el fallecimiento de una trabajadora, aplastada por el tractor parado con el motor en marcha. Estaba accionando una bomba para pulverizar herbicida, y volcó por un desplazamiento de tierras. Ese movimiento del terreno se produjo por las vibraciones del motor y la bomba que utilizaba. El TJUE concluye que en este accidente el tractor se estaba usando como maquinaria de trabajo. Adjuntamos referida sentencia, que pueden leer aquí.
El tractor estaba generando fuerza motriz para accionar la bomba de pulverizar herbicida
C) Sentencia C-648/17 de 15 de noviembre de 2018
Este accidente no es con vehículo agrícola pero merece reseñarse. Resuelve que es hecho de la circulación algo que puede ocurrirle a cualquiera. Un pasajero abre la puerta del coche y causa daños al vehículo de al lado. Solo son daños materiales, no lesiones, y se reclama a la aseguradora. El TJUE afirma que es un hecho asegurado y debe indemnizar la compañía.
El concepto de «circulación de vehículos» comprende una situación en la que el pasajero de un vehículo estacionado en un aparcamiento, al abrir la puerta de ese vehículo, golpea y daña el vehículo que se halla esyacioando a su lado
¿El final de la controversia de los accidentes con tractores? La directiva 2021/2118 del Parlamento Europeo
Actualmente, el texto literal de la ley es que si es vehículo industrial, debe pagar el seguro de RC. Pero las sentencias que hemos reseñado pretendían concienciar de que el SOA debería hacer frente. Y el paso se ha dado con la Directiva 2021/2118 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 20212009/103/CE. Modifica el concepto de “hecho de la circulación” en la línea de esa jurisprudencia del TJUE definiendolo asi:
“toda utilización de un vehículo que sea conforme con la función del vehículo como medio de transporte en el momento del accidente, con independencia de las características de este, del terreno en el que se utilice el vehículo automóvil y de si está parado o en movimiento”
Este criterio exige modificar el artículo 2 del Reglamento del seguro obligatorio. Se consigue ampliando el concepto de “hecho de la circulación” para incluir vehículos industriales y agrícolas. De esta manera se aumentan las coberturas del seguro obligatorio de automóviles. Los accidentes con tractores están más cerca de ser indemnizados por el SOA y no por el de RC de la empresa.
¿Está vigente esa Directiva sobre accidentes de vehículos industriales y forma parte del derecho español?
El plazo para trasponer la Directiva al derecho español finalizó el día 23 de diciembre. Y no hay prevista fecha que aclare los accidentes con tractores. Por eso aplazamos las consideraciones sobre la futura regulación. Y no serán pocas, por el número de vehículos industriales o agrícolas. O sea: no forma parte del derecho español.
Y si el accidente con tractores es hecho de circulación y cubre el seguro ¿cómo se me indemniza?
La respuesta es sencilla: como cualquier otro siniestro. Lea este artículo nuestro en el que le indicamos la manera de calcular su indemnización. Y si sus lesiones son más importantes, consulte este baremo de indemnizaciones. Sabrá el importe de cada limitación que sea consecuencia de un siniestro ocurrido en 2024.
Conclusiones en la situación actual de los accidentes con tractores y seguro
1ª) El texto legal vigente atribuye el pago de los accidentes con tractores al seguro de responsabilidad civil. Se ha entendido que es un medio de trabajo. Aunque se considere vehículo, es industrial y ligado a la empresa. Igual que un accidente in itinere en lo laboral: desde que sale de casa al trabajo y viceversa, se está trabajando. Aunque era más clara esta interpretación hace años que ahora.
2ª) La jusrisprudencia se aproxima a buscar fórmulas para incluirlos en el seguro de automóviles.
3ª) El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reitera este criterio con resoluciones más concretas. Delimita la función que desarrollaba el tractor para justificar la asunción del siniestro.
4ª) La Directiva 2021/2118 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2021/2009/103/CE es más tajante. Obliga a cambiar nuestra regulación pretendiendo desvincularlos del seguro de la empresa.
5ª) Esta Directiva debería haberse traspuesto (incluirla en nuestro ordenamiento) antes del 23 de diciembre de 2023. No se ha hecho, con lo que se está a expensas de su vinculación. Ni tiene fecha para dictarse.
Este es el panorama de confusión en el que nos encontramos. ¿Cómo resolver un accidente con tractores? Hay que comprobar cómo ha sucedido el siniestro
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