Estamos constatando que tanto las aseguradoras como las víctimas en accidentes de tráfico tienen prejuicios establecidos a la hora de buscar la solución al conflicto que plantea la indemnización que debe pagarse/cobrarse según la ley 35/2015. Nos gustaría que se actuara con absoluta objetividad y sin pensar que el otro intenta engañarnos ocultando cartas. Hagamos un decálogo:
- Ni todas las compañías pretenden engañar ni todas las víctimas son cuentistas profesionales. Si somos generosos, deberíamos decir que ninguna aseguradora y ninguna víctima. Comencemos bien la relación aunque tengamos intereses contrapuestos.
- Si hay un accidente de tráfico con un lesionado, no empecemos dudando de su veracidad. Una cosa es que los daños sean leves y otra que no se puedan producir daños personales.
- La compañía de seguros le está pagando el médico y pone a su disposición una clínica. Está procurando su sanidad. Reconozca que aunque también sea interés de ella que cure cuanto antes, desde luego se preocupa por Vd.
- Es Vd. víctima, pero eso no le convierte en un protegido que le permita recuperar lo que no tuvo. Le darán su coche reparado o lo que valía para que tenga otro igual, pero no puede reclamar más de lo que tenía ni obtener lo que Vd. mismo no se compraría en caso de ser culpable. Y entienda que pueda dudarse de que todos los lesionados lleven relojes de marca, Iphone 7 y cordones de oro que desaparecen en el siniestro. Permita que se investigue porque Vd. lo haría si tuviera que pagar.
- Entendamos que los abogados de las compañías de seguros defienden a éstas y que las víctimas tienen derecho a disponer de otro profesional si hay conflicto de intereses. Asumamos que elegir a uno diferente del que nos pone la aseguradora es tan lícito como razonable. Igual que cuando la compañía de seguros desconfía manda peritos y médicos, las víctimas eligen otro abogado, y hasta otro médico. No pasa nada. Están en bandos diferentes y ambos tienen que salvaguardar sus intereses con todas las garantías y medios que les proporcione la ley.
- Cuando se tenga el alta médica se podrán valorar económicamente las consecuencias del siniestro. ¿Por qué mientras tanto no nos dedicamos a que cure cuanto antes? Es un aviso a los médicos, a los abogados, a los tramitadores, y, en definitiva a quienes creen que estas situaciones sólo pueden valorarse por módulos. La medicina no es matemática.
- Todos los médicos que intervengan durante el tratamiento de una víctima de accidente de circulación serán eso: médicos. Intervendrán si quieren como peritos, pero siguen siendo aquellos profesionales cuya sanación ponemos en sus manos. El juramento hipocrático está por encima de baremos, módulos, informes biomecánicos, estadísticas y estudios científicos. El mismo juramento que le impide decir que si a todo lo que le dice y le pide el paciente y la aseguradora.
- No es mejor abogado quien promete más indemnización. Aunque la ley es muy interpretable, no es tan complicado llegar a un acuerdo y la víctima agradece la pronta solución. Además, que haya seguro de defensa no quiere decir que de cualquier manera tenga que haber juicio con cargo a la aseguradora.
- Aunque la compañía de seguros gratifique y agradezca a los tramitadores que mayores rebajas obtengan, éstos saben perfectamente cuando es imposible rebajar más y cuándo lo que están pidiendo es razonable. Por eso no necesitan dilatar una indemnización que merece la víctima sin esperar tres meses sólo porque la ley se lo permita o porque cuanto más tiempo pase es más fácil que acepte menos dinero.
- Seamos autocríticos. Seguro que entendemos todo menos lo que nos afecta, que las críticas son ciertas si se refieren a otros profesiones pero nos molestan de la nuestra. Comprendamos la situación de cada uno. Respetemos las diferencias de criterio y pensemos qué haríamos en su lugar. De cada uno depende asumirlo.